Artículo
125.—A la Dirección de Recursos Humanos le corresponde las siguientes
funciones.
a) Formular y
presentar a las autoridades superiores, para su aprobación, la política de
recursos humanos del MEP.
b) Planificar,
dirigir, controlar y supervisar la ejecución de la política de recursos humanos
del MEP, de conformidad con las disposiciones legales y las directrices
emanadas de la DGSC, las autoridades superiores del MEP y otras dependencias
competentes en la materia.
c) Proveer los
criterios técnicos y procedimientos requeridos para la mejor administración de
los recursos humanos del MEP, así como la prestación de servicios desde las
Direcciones Regionales de Educación.
d) Formular el Plan
Operativo Anual (POA) y el Plan Estratégico, así como el correspondiente
anteproyecto de presupuesto, de acuerdo con las prioridades institucionales y
del sector educación, y remitirlos al Viceministerio Administrativo para su
aprobación.
e) Establecer los lineamientos técnicos, directrices y
manuales de procedimientos requeridos para orientar la asignación, uso,
supervisión y control de los recursos públicos canalizados a las Juntas de
Educación y Juntas Administrativas, en temas de su competencia.
f) Promover el
desarrollo y establecer la actualización de los Manuales de Procedimientos
requeridos para el funcionamiento de la DRH y sus dependencias, el manejo de la
información oficial, así como la prestación de los servicios y la realización
de trámites bajo su responsabilidad, previo visto bueno del Viceministerio
Administrativo.
g) Establecer,
divulgar y actualizar, previa aprobación del superior jerárquico, los
procedimientos, requisitos, plazos y condiciones que deben cumplir los
administrados para la realización de los distintos trámites, en estricto apego
a lo establecido en la Ley 8220 de Simplificación de Trámites.
h) En materia de
Régimen de Servicio Civil, emitir las políticas, directrices, circulares o
similares, en coordinación con las autoridades superiores.
i) Planificar,
dirigir, controlar y supervisar las actividades relacionadas con el proceso de
nombramiento y pago de todos los servidores del MEP, sea personal
administrativo, docente, técnico-docente y administrativo-docente, de
conformidad con la legislación aplicable en cada caso.
j) Realizar la
programación anual de pagos, de manera consistente con la asignación
presupuestaria y remitirla a la Dirección Financiera como insumo para la
realización de la programación correspondiente, previo visto bueno del
Viceministerio Administrativo.
k) Coordinar con la
Dirección de Planificación Institucional y con la Dirección Financiera, en lo
que corresponda, para que la programación anual de pagos se realice en estricto
apego a la disponibilidad presupuestaria y la programación financiera
presentada a las autoridades hacendarias.
l) Planificar,
dirigir, controlar y supervisar las tareas relacionadas con el proceso de los
movimientos de personal tales como: traslados, ascensos, descensos y permutas
de los servidores del MEP, sea personal administrativo, docente,
técnico-docente, administrativo-docente, de conformidad con la legislación
aplicable en cada caso.
m) Mantener un
registro actualizado sobre las plazas vacantes, tanto en Centros Educativos,
Direcciones Regionales de Educación y Oficinas Centrales.
n) Dictar los
lineamientos y procedimientos, así como administrar y coordinar los aspectos
relacionados con el registro y para el control de asistencia, licencias,
incapacidades, vacaciones y reconocimiento de horas extra, en estricto apego a
la normativa vigente. Asimismo, coordinar con el Viceministerio de
Planificación Institucional y Coordinación Regional los mecanismos que se
implementarán en las DRE para tales efectos.
o) Proponer e
impulsar proyectos de mejora de los servicios de la DRH, entre ellos la
desconcentración regional, la digitalización de procesos y expedientes y la
automatización de tareas, entre otros.
p) Dictar las
directrices y manuales de procedimientos necesarios para promover la evaluación
del desempeño del personal de las diferentes dependencias institucionales.
q) Tramitar y
analizar las solicitudes de prestaciones laborales de los funcionarios del MEP,
brindando una resolución efectiva en apego a la normativa legal vigente.
r) Atender de forma
oportuna las solicitudes de los funcionarios relativas a las diferencias
salariales y los reclamos administrativos, brindando un trámite de resolución
oportuno en apego a la normativa legal vigente.
s) Atender y resolver
oportunamente los procesos judiciales que los funcionarios del MEP tramitan
mediante el Tribunal Contencioso Administrativo, la Sala Constitucional, el
Tribunal de Trabajo y el Juzgado Penal.
t) Aplicar,
establecer e instruir los procedimientos disciplinarios contemplados en el
Estatuto de Servicio Civil.
u) Cumplir en tiempo
y forma con los requerimientos que le planteen las instancias judiciales y
administrativas. Asimismo, los requerimientos de la Contraloría General de la
República (CGR), la Defensoría de los Habitantes, el Patronato Nacional de la
Infancia (PANI), la Auditoría Interna del MEP y otros órganos de control de la
Administración Pública.
v) Consolidar una
Plataforma de Servicios que garantice la atención oportuna, eficiente y amable
de los usuarios, así como establecer los manuales de procedimientos para su
funcionamiento.
w) Mantener
actualizado el registro laboral de cada servidor del MEP, velando por la
conservación y resguardo de todos los documentos que, por su naturaleza, deben
formar parte de dicho registro.
x) Coordinar y
colaborar con la Dirección de Asuntos Jurídicos la respuesta a todos los
recursos de amparo u otras causas judiciales interpuestos contra la DRH o a las
autoridades superiores del MEP, en temas de su competencia.
y) Desarrollar una
coordinación efectiva entre la DRH y la Dirección de Asuntos Jurídicos para la
preparación de los reglamentos, decretos y otros instrumentos requeridos para
la implementación de la política de recursos humanos del MEP y el
funcionamiento de la DRH.
z) Coordinar con la
Dirección de Informática de Gestión el desarrollo y funcionamiento de la
plataforma tecnológica requerida para la implementación de la política de
recursos humanos del MEP.
aa) Desarrollar las
actividades necesarias para realizar el pago de la planilla de los funcionarios
del MEP, estableciendo los controles necesarios para reducir los riesgos y
asegurar la correcta administración del presupuesto asignado, mediante la
operación de la plataforma tecnológica vigente.
bb) Realizar diversas
actividades de gestión con las jefaturas de los departamentos de la DRH,
orientadas al cumplimiento de las políticas de recursos humanos del MEP y la
consecución de las metas y objetivos planteados en el plan estratégico y el
POA.
cc) Coordinar con la
Contraloría de Servicios la elaboración de material de apoyo para difundir los
servicios y trámites que se realizarán en las distintas dependencias técnicas,
tanto al nivel central como regional.
dd) Coordinar y
desarrollar la auditoría de procesos en la DRH y sus dependencias, tanto en el
nivel central como regional.
ee) Establecer
mecanismos para el seguimiento y control del pago de horas extras autorizadas
en todas las dependencias del MEP, tanto a nivel central como regional, así
como preparar informes periódicos para conocimiento y valoración de las autoridades
superiores.
ff) Evaluar los
sistemas de control aplicados en las distintas áreas funcionales de gestión del
recurso humano y presentar a las autoridades superiores informes periódicos
para conocimiento y valoración.
gg) Coordinar con el
Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano la identificación de
necesidades de capacitación del personal destacado en las Oficinas Centrales y
en las DRE.
hh) Establecer los
procedimientos y mecanismos para remitir al Departamento de Plataforma de
Servicios, todos aquellos documentos que deban ser incorporados en el
expediente laboral de los servidores del MEP.
ii) Otras funciones
inherentes, relacionadas con su ámbito de competencia y atribuciones, asignadas
por el superior jerárquico.