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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38170 >> Fecha 30/01/2014 >> Articulo 153
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38170 - Articulo 153
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Artículo 153
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SECCIÓN V

De la Dirección de Informática de Gestión

Artículo 153.—La Dirección de Informática de Gestión es el órgano técnico responsable de orientar, promover y generar la transferencia y adaptación de las tecnologías de la informática y de las telecomunicaciones al Ministerio de Educación Pública (MEP), tanto en las Oficinas Centrales como en las Direcciones Regionales de Educación.


 

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