Artículo 168.—Son funciones del Departamento de Administración
de Edificios:
a)
Proporcionar servicios de apoyo a todas las dependencias del Ministerio de
Educación Pública en materia de seguridad, vigilancia, limpieza, control de
plagas, mudanzas, correspondencia, mensajería, atención de centrales telefónicas
y otros servicios como mantenimiento de equipos de aire acondicionado,
mantenimiento de aparatos electrónicos y mantenimiento de zonas verdes,
requeridos por la administración.
b)
Realizar las labores de mantenimiento de proyectos menores y atención de obras
urgentes en los edificios de Oficinas Centrales del MEP, de las Direcciones
Regionales de Educación y las sedes circuitales; para lo que deberá coordinar
con la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo (DIEE), cuando
corresponda.
c)
Realizar la propuesta de presupuesto para el pago de los servicios y proyectos
atinentes al Departamento.
d)
Verificar que los documentos de pago atinentes al Departamento, correspondan a
servicios recibidos por el Ministerio de Educación Pública.
e) Dar
seguimiento a las subpartidas presupuestarias, atinentes al Departamento, que
dan contenido económico al pago de los servicios.
f)
Dotar de materiales de mantenimiento e insumos de limpieza y aseo a todas las
dependencias de oficinas centrales del MEP; estableciendo la debida
planificación y control de los inventarios requeridos.
g)
Establecer los lineamientos, normas y procedimientos para la oportuna y
eficiente prestación de los servicios de apoyo a la administración.
h)
Generar proyectos de desarrollo para mejorar las condiciones físicas y
ambientales de los edificios.
i)
Coordinar con la administración de los edificios alquilados, los proyectos o
actividades especiales que se deban realizar y que estén relacionadas con la
seguridad, limpieza y otros servicios a cargo de este Departamento.
j)
Coordinar la prestación de los servicios de seguridad y vigilancia en todos los
edificios de Oficinas Centrales, Direcciones Regionales de Educación y las
sedes circuitales del Ministerio, según se requiera.
k)
Establecer mecanismos de control y supervisión, para garantizar que los
servicios de seguridad y vigilancia cumplan con la normativa vigente y
regulaciones específicas aplicables al ámbito público.
l) Dar
inicio a los procedimientos de contratación administrativa que se requieran,
para un eficiente cumplimiento con sus funciones, para ser sometido a
consideración de sus superiores.
m)
Administrar los contratos privados en materia de seguridad, limpieza, control
de plagas, mudanzas, mensajería, atención de centrales telefónicas y cualquier
otro servicio de apoyo requerido por el MEP, realizando la fiscalización y
supervisión correspondiente.
n)
Otras funciones inherentes, relacionadas con sus competencias y atribuciones,
asignadas por el superior jerárquico.