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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38170 >> Fecha 30/01/2014 >> Articulo 174
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38170 - Articulo 174
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Artículo 174
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Artículo 174.—El Despacho del Viceministerio Administrativo contará con un Consejo Asesor, de carácter consultivo, presidido por el Viceministro Administrativo e integrado además por los Directores del Área Administrativa, el Oficial Mayor y el Director Ejecutivo de FONABE. A solicitud del Viceministro Administrativo, para la atención y discusión de temas específicos, podrán participar otros funcionarios que sean requeridos, tanto del nivel central como regional.


 

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