Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38170 >> Fecha 30/01/2014 >> Articulo 36
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 36     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 38170 - Articulo 36
Ir al final de los resultados
Artículo 36 -TER
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 36 Ter.- Son funciones de la Unidad para la Promoción de la Igualdad de Género:

a) Fungir como el órgano auxiliar de la Ministra o Ministro de Educación Pública, en la formulación, aprobación y asesoría en la implementación de las políticas públicas sobre promoción de la igualdad de género y en la prevención y atención de la violencia contra las mujeres.

b) Garantizar la implementación de una política institucional así como los compromisos correspondientes al Ministerio de Educación Pública, establecidos en la normativa nacional vigente.

c) Promover procesos para el diagnóstico de brechas de género y establecimiento de mecanismos y estrategias para su atención.

d) Gestionar la elaboración de informes correspondientes a los diferentes mecanismos nacionales e internacionales vinculados a la promoción de la igualdad de género y la prevención y atención de la violencia contra las mujeres.

e) Brindar asesoría en la ejecución de diferentes acciones a cargo de las dependencias del MEP, a la promoción de la igualdad de género y la prevención y atención de la violencia contra las mujeres.

f) Asesorar a las instancias competentes de la institución, en la atención de denuncias por cualquier tipo de discriminación de género, tanto en la gestión interna como en los servicios que brinde la institución respectiva.

g) Participar y aportar en los procesos de formulación de políticas públicas para la igualdad de género, desde su ámbito de competencia institucional.

h) Apoyar el seguimiento a la ejecución de la Política Nacional de Igualdad y Equidad de Género y los compromisos que la institución asume en el marco de la política, así como contribuir con la articulación de las acciones institucionales de la PIEG.

i) Apoyar las acciones e iniciativas para la igualdad y equidad de género que desarrolla el Instituto Nacional de las Mujeres, las instituciones públicas, los organismos internacionales y las organizaciones sociales que desarrollan programas para las mujeres.

(Así adicionado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41007 del 19 de marzo del 2018)

Ir al inicio de los resultados