Artículo 49.—Son funciones del Departamento de Control
Interno y Gestión del Riesgo:
a)
Desarrollar, implementar y actualizar las metodologías e instrumentos y
realizar las gestiones necesarias para apoyar a las diversas dependencias en el
mejoramiento continuo de su Sistema de Control Interno.
b)
Planificar, coordinar y ejecutar el proceso de Autoevaluación de Control
Interno.
c)
Planificar, coordinar y ejecutar el Sistema Específico de Valoración de Riesgos
Institucional (SEVRI-MEP).
d)
Desarrollar, implementar y actualizar una base de datos relacionados al riesgo
de desastre y riesgo social en las diversas dependencias del Ministerio de
Educación Pública.
e)
Disponer de mapas de riesgos para jerarquizar los centros educativos según el
nivel y tipo de riesgo, como base para la formulación de estrategias
diferenciadas de prevención y mitigación de riesgos.
f)
Coordinar, por medio de las Direcciones Regionales de Educación, la formulación
de programas y planes de acción a nivel de centro educativo, para la prevención
de los riesgos de desastre y riesgo social o para disminuir su probabilidad e
impacto.
g)
Representar al Ministerio de Educación Pública en los organismos nacionales e
internacionales que corresponda, responsables de la prevención y atención de
riesgos de desastre y riesgo social, previa autorización de las autoridades
superiores del MEP.
h)
Coordinar con las oficinas del Ministerio de Educación Pública que corresponda,
la creación y operación de los comités de emergencia y equipos de trabajo que
promuevan la observancia de las políticas, objetivos, metas y planes de acción
definidas a lo interno del MEP y coordinadas con entidades externas
responsables de la atención y prevención de emergencias.
i)
Brindar a las Autoridades del MEP información relevante para la toma de
decisiones en programas sociales directamente relacionados con la reducción del
riesgo y la seguridad humana.
j)
Coordinar el Plan Nacional de Educación para la Reducción del Riesgo y los
Desastres, su desarrollo y ejecución, tanto en el nivel ministerial como
interinstitucional.
k)
Asesorar a las dependencias del nivel central, a las Direcciones Regionales de
Educación y centros educativos en el desarrollo, implementación y actualización
de Planes de Emergencia ante la ocurrencia de desastres.
l)
Otras funciones inherentes, relacionadas con su ámbito de competencia y
atribuciones, asignadas por el superior jerárquico.