SECCIÓN VI
De la Contraloría de Derechos Estudiantiles
Artículo 115.—La Contraloría de Derechos Estudiantiles
es el órgano técnico responsable de desarrollar un sistema de protección y
respeto de los derechos y deberes estudiantiles, de conformidad con el
ordenamiento jurídico. Le corresponde controlar y fiscalizar que la población
estudiantil reciba una educación orientada al desarrollo pleno de sus
potencialidades, orientada por el interés superior de los niños, las niñas y
adolescentes, velando por el respeto de sus derechos y el cumplimiento de sus
deberes en un ambiente físico y mental sano.
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