Artículo
22.—Son funciones de la Dirección de Prensa y Relaciones Públicas:
a)
Brindar asesoría al Nivel Político en materia de información, comunicación y
relaciones públicas.
b)
Formular la estrategia de información, comunicación y relaciones públicas del
MEP y presentarla a las autoridades superiores para su aprobación.
c) Ejecutar la estrategia de información, comunicación y relaciones
públicas aprobada por las autoridades superiores.
d)
Brindar asesoría para facilitar, por medio de las plataformas tecnológicas
disponibles, la comunicación con los distintos actores educativos en todos los
niveles de la organización del MEP: Oficinas Centrales, Direcciones Regionales
de Educación y Centros Educativos.
e)
Establecer y mantener canales de comunicación permanentes con los actores que
conforman el Sistema Educativo Costarricense, incluyendo el diseño de
estrategias diferenciadas para la comunicación de las autoridades superiores
con las Oficinas Centrales, las Direcciones Regionales de Educación y las
comunidades educativas.
f)
Servir de enlace y coordinar las relaciones públicas entre el Nivel Político y
los medios de comunicación, tanto nacionales como internacionales.
g)
Mantener informada a la opinión pública de la acción ministerial, de acuerdo
con las prioridades institucionales y del sector educación.
h)
Monitorear los medios de comunicación en temas relacionados con el sector
educación, la gestión institucional y el funcionamiento del Sistema Educativo
Costarricense.
i)
Convocar a los medios de comunicación a conferencias de prensa, así como
realizar la cobertura de las actividades estratégicas según lo solicitado por
las autoridades superiores.
j)
Asesorar y apoyar a las distintas dependencias del MEP, tanto en el nivel
central como regional, en la divulgación de los programas y proyectos
estratégicos.
k)
Preparar comunicados, boletines, folletos y otros instrumentos para apoyar la
divulgación del quehacer ministerial, tanto en el nivel central como regional,
incluidas las experiencias exitosas y buenas prácticas desarrolladas por los
distintos centros educativos.
l)
Colaborar con los medios de comunicación social en difusión de programas
educativos de interés para el MEP, aprovechando las distintas opciones que
ofrece el nivel de desarrollo tecnológico.
m)
Formular el Plan Operativo Anual (POA) de la Dirección y el correspondiente
anteproyecto de presupuesto, de acuerdo con las prioridades institucionales y
del sector educación, así como remitirlos al Ministro de Educación Pública para
su aprobación.
n)
Establecer los Manuales de Procedimientos requeridos para el funcionamiento de
la Dirección, el manejo de la información oficial y la realización de trámites
bajo su responsabilidad, previo visto bueno del Ministro de Educación Pública.
o)
Otras funciones inherentes, relacionadas con su ámbito de competencia y
atribuciones, asignadas por el superior jerárquico.