Artículo 30.—Los enlaces de la Dirección de
Contraloría de Servicios son funcionarios de las diferentes Direcciones de las
Oficinas Centrales y de las Direcciones Regionales de Educación, que brindarán
la atención que realiza la Dirección de Contraloría de Servicios en forma
desconcentrada. Tendrán las siguientes funciones:
a)
Recibir, sistematizar y canalizar hacia las instancias competentes del MEP, las
consultas, recomendaciones, inconformidades y denuncias que presentan los
usuarios internos y externos de los servicios que ofrece el MEP en el ámbito de
acción de la correspondiente dependencia, mediante los mecanismos de atención
diseñados para tal fin, que incluyen la atención personalizada en la
ventanilla, enviados por vía fax, correo electrónico u otros formatos
electrónicos.
b)
Canalizar a la Dirección de Contraloría de Servicios las consultas,
recomendaciones, inconformidades y denuncias que se refieran a los servicios
que brindan las Oficinas Centrales, las Direcciones Regionales de Educación y
los Centros Educativos, en su ámbito de acción.
c)
Presentar propuestas ante la Dirección de Contraloría de Servicios y al
superior de la Dirección Regional de Educación o de las Oficinas Centrales
correspondiente, para que se establezcan y mejoren los procedimientos de
atención al usuario en procura de una prestación de servicios oportuna y
eficaz.
d)
Promover el respeto a las normas y procedimientos, particularmente en cuanto a
plazos y calidad del servicio, establecidos por las autoridades del Ministerio
de Educación Pública en su ámbito de trabajo.
e)
Promover que las dependencias del nivel central o regional apliquen acciones
correctivas en los servicios que presentan quejas sobre su funcionamiento.
Además de coadyuvar en la mejora de procesos de modernización de atención al
usuario, incluyendo la introducción de tecnologías de información y
comunicación en la prestación de los servicios regionales.
f) Llevar
el control estadístico de las denuncias, quejas, recomendaciones, consultas e
inconformidades que se reciben en la correspondiente dependencia y preparar
informes periódicos a la Dirección de Contraloría de Servicios para apoyar la
toma de decisiones.
g) Otras funciones inherentes, relacionadas con su ámbito de competencia
y atribuciones, asignadas por el superior jerárquico.