Artículo 66.—Funciones del Departamento de
Fiscalización de la Ejecución Contractual:
a)
Ejecutar políticas y establecer criterios legales, estrategias y manuales de
procedimientos con la finalidad de optimizar la ejecución contractual,
salvaguardar los intereses de la Administración para mitigar los
incumplimientos contractuales por parte de los Contratistas.
b)
Fiscalizar en coordinación con la Unidad Gestora la ejecución contractual.
c)
Mantener actualizado el expediente digital a nivel del Sistema Unificado
Electrónico de Compras Públicas e incorporar los documentos derivados de la
ejecución.
d)
Tramitar las exoneraciones de los bienes, insumos o servicios, derivados de los
trámites de contratación administrativa gestionados por la Dirección de la
Proveeduría Institucional, ante el Ministerio de Hacienda.
e)
Revisar en coordinación con la Unidad Gestora la pertinencia de los reajustes
de precios, según los documentos contractuales y fórmulas matemáticas, en
observancia del equilibrio económico del contrato.
f)
Valorar, tramitar y resolver previa coordinación con la Unidad Gestora, las
prórrogas a los plazos de entrega, cambios de marca, modelos, mejoras
tecnológicas y otros.
g)
Aplicar sanciones, multas, cláusulas penales y comunicarlo a la Dirección
Financiera según sea el caso.
h)
Atender y tramitar los reclamos por incumplimientos de garantías de los
productos.
i)
Atender, valorar, gestionar y coordinar con las dependencias competentes los
reclamos administrativos presentados por los contratistas.
j)
Valorar, dirigir, coordinar con las dependencias competentes, los
procedimientos de suspensión, rescisión, cesión y resolución contractual.
k)
Valorar, dirigir, coordinar con las dependencias competentes, los
procedimientos sancionatorios (apercibimiento e inhabilitación), así como
comunicar y llevar el registro correspondiente.
l)
Valorar, dirigir, coordinar con las dependencias competentes, los procedimientos
resarcitorios, ejecución de garantías de participación, garantías de
cumplimiento y dación en pago.
m)
Coordinar con la Dirección Financiera la ejecución de las garantías de
participación y de cumplimiento.
n)
Coordinar con las dependencias competentes, los posibles daños y perjuicios que
el contratista debe reconocer a la Administración.
o)
Coordinar con el Departamento de Contratación Administrativa las prórrogas y
devoluciones de las garantías de cumplimiento según corresponda.
p)
Valorar, tramitar y coordinar con las dependencias competentes las posibles
prórrogas de los contratos y sus respectivas cargas presupuestarias.
q)
Analizar la procedencia de la aplicación de las modificaciones unilaterales
durante la etapa de ejecución, de conformidad con el artículo 200 RLCA y
concordantes, elaborar el documento correspondiente para remitirlo al
Departamento de Contratación Administrativa.
r)
Analizar la procedencia de la inclusión y exclusión de bienes y servicios de
los contratos durante la etapa de ejecución, elaborar el documento
correspondiente para remitirlo al Departamento de Contratación Administrativa.
s)
Tramitar en coordinación con las dependencias competentes las facturas
correspondientes a los bienes y servicios recibidos a conformidad para su
posterior traslado a la Dirección Financiera.
t)
Retroalimentar, proponer estrategias y lineamientos esenciales a las
dependencias competentes con el fin de mejorar la elaboración de las
disposiciones cartelarias y demás tramites inherentes al proceso de gestión de
adquisiciones.
u)
Mantener actualizado un compendio de la normativa jurídica aplicable a la
gestión de la Dirección de Proveeduría Institucional.
v) Coordinar la asesoría y criterio técnico de las dependencias del
Ministerio de Educación Pública, de la Dirección General de Administración de
Bienes y Contratación Administrativa y la Contraloría General de la República,
cuando se trate de fiscalizar la ejecución de contratos en los casos que surjan
circunstancias que amenacen los intereses de la Administración.
w)
Inducir, capacitar y actualizar a los funcionarios que integran el
Departamento, en materia de contratación administrativa; así como asesorar y
capacitar a los Jefes, Coordinadores y Unidades Gestoras de los Programas
Presupuestarios.
x)
Otras funciones inherentes, relacionadas con su ámbito de competencias y
atribuciones, asignadas por el superior jerárquico.