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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38170 >> Fecha 30/01/2014 >> Articulo 73
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38170 - Articulo 73
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Artículo 73
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Artículo 73.—Son funciones del Departamento de Gestión Administrativa Regional:

a) Supervisar los procesos administrativos que se realizan en el Departamento de Servicios Administrativos y Financieros de las Direcciones Regionales de Educación, con el fin de identificar debilidades en los procedimientos y establecer acciones correctivas para mejorar su capacidad de gestión.

b) Apoyar el proceso de formulación presupuestaria de las Direcciones Regionales de Educación, de conformidad con lo establecido en la normativa técnica y legal vigente.

c) Ejecutar el Programa Presupuestario establecido para el financiamiento de las Direcciones Regionales de Educación, garantizando el uso oportuno y transparente de los recursos destinados a su funcionamiento operativo.

d) Preparar reportes trimestrales sobre el nivel de ejecución del Programa Presupuestario de las Direcciones Regionales de Educación.

e) Apoyar a la Dirección de Recursos Humanos en la implementación y seguimiento de los lineamientos y directrices dictados para dar sustento a la desconcentración gradual en materia de recursos humanos, así como la estandarización de trámites y procedimientos en el ámbito regional.

f) Proponer a las autoridades superiores acciones para mejorar y actualizar la organización administrativa de las Direcciones Regionales de Educación.

g) Identificar, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos, necesidades de capacitación y mejoramiento profesional del personal destacado en las Direcciones Regionales de Educación, con el propósito de promover el mejoramiento de su capacidad de gestión.

h) Verificar que las Direcciones Regionales de Educación mantengan un inventario actualizado de los activos asignados a las distintas dependencias, incluidas las Oficinas de Supervisión.

i) Verificar que las Direcciones Regionales de Educación mantengan un registro actualizado de los funcionarios destacados en las distintas dependencias, así como de funcionarios reubicados, incluidas las Oficinas de Supervisión.

j) Apoyar a la Dirección de Recursos Humanos en los procesos que corresponda, relacionados con la gestión del recurso humano destacado en las Direcciones Regionales de Educación.

k) Brindar asesoría a funcionarios de las Direcciones Regionales de Educación sobre los procesos de arrendamiento de locales.

I) Otras funciones inherentes, relacionadas con su ámbito de competencia, asignadas por el superior jerárquico.

(Así reformado el inciso anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 41007 del 19 de marzo del 2018)

m) (Derogado por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 41007 del 19 de marzo del 2018)

n) (Derogado por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 41007 del 19 de marzo del 2018)

o) (Derogado por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 41007 del 19 de marzo del 2018)

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