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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38170 >> Fecha 30/01/2014 >> Articulo 149
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38170 - Articulo 149
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Artículo 149
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Artículo 149.— Son funciones del Departamento de Alimentación y Nutrición:

a) Implementar los procedimientos para dirigir, normar, ejecutar, supervisar y evaluar el Programa de Alimentación y Nutrición Escolar y del Adolescente (PANEA), de conformidad con los lineamientos emitidos por la Dirección de Programas de Equidad.

b) Proponer las políticas de asignación de los recursos y de los lineamientos de trabajo del PANEA.

c) Controlar y ejecutar el presupuesto establecido para el programa PANEA por medio de la asignación de recursos a las instancias ejecutoras.

d) Coordinar con el Departamento de Planificación y Evaluación de Impacto los aspectos alimentario-nutricionales a considerar en la definición de los parámetros de medición del impacto en la población beneficiaria del PANEA.

e) Definir las variables alimentario nutricionales a considerar en el sistema de información integrado de los programas de equidad.

f) Definir los parámetros mínimos de la planta física y equipamiento requeridos en los comedores estudiantiles. Para ello podrá coordinar con las instancias ministeriales competentes en materia de infraestructura física educativa.

g) Colaborar con el Departamento de Planificación y Evaluación de Impacto en la realización de estudios sobre la calidad de la prestación del servicio en los comedores estudiantiles.

h) Proponer y asesorar a la Dirección en el establecimiento de criterios mínimos para la selección de los beneficiarios de los comedores estudiantiles.

i) Diseñar propuestas de menúes para los comedores estudiantiles según la dirección regional de educación a la que pertenecen los centros educativos.

j) Proponer mejoras a la normativa que regula el funcionamiento de las sodas en los establecimientos educativos públicos, en coordinación con las instancias competentes en materia de salud y nutrición.

k) Establecer el perfil de los productos que se pueden consumir en los comedores estudiantiles, de acuerdo con los menúes establecidos por el PANEA.

l) Brindar los insumos correspondientes al Departamento de Planificación y Evaluación de Impacto, para que pueda realizar los estudios de costos de los diferentes menús establecidos por el PANEA.

m) Diseñar y definir las estrategias para la implementación del programa de huertas en los centros educativos.

n) Elaborar las planillas de transferencias a las Juntas para la compra de alimentos, subsidio para el pago de servidoras y recursos para el equipamiento, mobiliario y mantenimiento de la planta física de los comedores estudiantiles.

o) Tramitar y resolver las solicitudes de aumento de cuota y beneficiarios, equipamiento de comedores estudiantiles, asignación de subsidio de servidoras y huertas.

p) Coordinar con el Departamento de Gestión Financiera de Juntas y con el Ministerio de Hacienda, para garantizar el pago oportuno de la planilla.

q) Coadyuvar en los controles implementados por el Departamento de Supervisión y Control relacionados con el uso de los recursos asignados para el programa PANEA.

r) Informar al Departamento de Supervisión y Control sobre los ajustes de remanentes reportados en las cuentas bancarias de las Juntas de Educación y las Juntas Administrativas.

s) Informar periódicamente a los Departamentos de Supervisión y Control y Planificación y Evaluación de Impacto, la inclusión y exclusión de centros educativos al programa PANEA.

t) Dictar los lineamientos técnicos, directrices y manuales de procedimientos requeridos por la Juntas de Educación y Juntas Administrativas para el buen desarrollo del servicio de alimentación y nutrición que se ejecute en los centros educativos.

u) Otras funciones inherentes, relacionadas con sus competencias y atribuciones, asignadas por el superior jerárquico.

(Así modificada su numeración por el artículo 7° del decreto ejecutivo N° 42488 del 14 de julio del 2020, que lo traspaso del antiguo artículo 152 al 149, ya que se ordena derogar los artículos 143, 144 y 145 y correr la numeración de los restantes numerales)

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