SECCIÓN IV
Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad
Artículo 102.—La Dirección de Gestión y Evaluación de
la Calidad es el órgano técnico responsable de planificar, analizar, estudiar,
asesorar, investigar, evaluar y divulgar todos los aspectos relacionados con la
evaluación académica y certificación de las pruebas nacionales de la educación
formal, abierta y de docentes, así como el desarrollo, dirección e
implementación del sistema de evaluación de la calidad de la educación
costarricense.
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