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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38170 >> Fecha 30/01/2014 >> Articulo 122
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38170 - Articulo 122
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Artículo 122
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CAPÍTULO VII

Del Viceministerio Administrativo

SECCIÓN I

Unidad Supervisora del Proyecto del Fideicomiso

MEP-BNCR

Artículo 122.—La Unidad Supervisora del Proyecto del Fideicomiso MEP-BNCR es una unidad administrativa de alto nivel que tiene su justificación legal en el punto 5 del anexo único de la Ley 9124, mediante la cual la Asamblea Legislativa autoriza al Poder Ejecutivo para suscribir una operación de crédito público, mediante un fideicomiso con contratos de arrendamiento financiero. Esta unidad operará como contraparte técnica y administrativa del MEP para todos los efectos del fideicomiso suscrito con el Banco Nacional de Costa Rica y depende directamente del Viceministro Administrativo.


 

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