Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38170 >> Fecha 30/01/2014 >> Articulo 37
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 37     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 38170 - Articulo 37
Ir al final de los resultados
Artículo 37
Versión del artículo: 1  de 1

CAPÍTULO IV

Del Nivel Director

Artículo 37.—El Nivel Director del Viceministerio de Planificación Institucional y Coordinación Regional contará con las siguientes Direcciones:

a) Dirección de Planificación Institucional (DPI).

b) Dirección Financiera (DF).

c) Dirección de Proveeduría Institucional (PI).

d) Dirección de Gestión y Desarrollo Regional (DGDR).

Cada una de estas dependencias funcionará bajo la responsabilidad de un Director, quien dependerá jerárquicamente del Viceministro de Planificación Institucional y Coordinación Regional, tanto para asuntos técnicos como administrativos.


 

Ir al inicio de los resultados