Artículo 120.—Al Departamento Análisis Técnico le
corresponde analizar técnicamente la documentación requerida a los centros de
educación privada para asegurar que las ofertas educativas se ajusten a los
requerimientos mínimos de la malla curricular establecida por el Consejo
Superior de Educación. Tendrá las siguientes funciones:
a)
Coordinar con la Dirección de Desarrollo Curricular, por ser el órgano rector
en la materia, toda consulta o solicitud de centros educativos privados,
relacionadas con temas curriculares, aplicación de programas de estudio,
evaluación de los aprendizajes y temas conexos, de conformidad con el bloque de
legalidad aplicable.
b)
Diseñar y ejecutar investigaciones, proyectos, estudios y análisis, con el fin
de implantar mejoras en los procesos de trabajo, atender requerimientos de los
usuarios o resolver problemas diversos, en procura del logro de los objetivos y
la misión organizacionales.
c)
Capacitar de manera constante al personal interno sobre aspectos propios de la
educación privada con el fin de transmitir conocimientos, técnicas y
metodologías que permitan mejorar el desempeño laboral.
d)
Coordinar las actividades que se realizan con otras dependencias ministeriales,
con el fin de lograr la integración de esfuerzos, consensuar intereses y
trabajar en equipo para la consecución de objetivos organizacionales comunes.
e)
Implementar sistemas de control interno, con el fin de disminuir el riesgo de
que se cometan errores o deficiencias que atenten contra los objetivos
organizacionales y el servicio a los usuarios.
f)
Diseñar, coordinar y evaluar los diferentes instructivos que se aplican en la
Dirección.
g)
Realizar los estudios técnicos que se requieran para los diversos procesos
llevados a cabo en esta instancia ministerial.
h)
Establecer, actualizar y divulgar el manual de procedimientos para el
funcionamiento de la Dirección, precisando los procedimientos, requisitos,
plazos y órganos competentes para la prestación de los servicios y la
realización de trámites específicos.
i)
Otras funciones que amerite la intervención del departamento y designadas por
su superior jerárquico.