CAPÍTULO IV
Del Nivel Director
Artículo 37.—El Nivel Director del Viceministerio de
Planificación Institucional y Coordinación Regional contará con las siguientes
Direcciones:
a)
Dirección de Planificación Institucional (DPI).
b)
Dirección Financiera (DF).
c)
Dirección de Proveeduría Institucional (PI).
d)
Dirección de Gestión y Desarrollo Regional (DGDR).
Cada una de estas dependencias funcionará bajo la responsabilidad de un
Director, quien dependerá jerárquicamente del Viceministro de Planificación
Institucional y Coordinación Regional, tanto para asuntos técnicos como
administrativos.
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