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 Normativa >> Reglamento municipal 93 >> Fecha 20/01/2014 >> Articulo 30
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Normativa - Reglamento municipal 93 - Articulo 30
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Artículo 30
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Artículo 30. Recursos. Contra toda resolución administrativa que dicte la Municipalidad, por medio de las correspondientes dependencias, en lo relativo a la aprobación de permisos de demolición, construcción, ampliación, restauración o remodelación, así como en lo pertinente a la expedición de licencias de funcionamiento, visado de planos y certificados de usos del suelo, procederán los recursos de revocatoria y apelación, según lo regulado por el Código Municipal.


 

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