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 Normativa >> Resolución 18 >> Fecha 20/02/2014 >> Articulo 3
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Normativa - Resolución 18 - Articulo 3
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Artículo 3
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III.—De conformidad con lo indicado en el párrafo segundo del artículo 175 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, en el caso de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz S. A. (CNFL) la cuantía para apelar el acto de adjudicación ante la Contraloría General de la República, en los contratos de obra pública será a partir de trescientos veintisiete millones de colones (¢327.000.000,00), que corresponde al límite económico para apelación en el estrato A contenido en la tabla I.B. de esta Resolución. Para las restantes contrataciones, la cuantía para apelar el acto de adjudicación ante la Contraloría General de la República, será a partir de doscientos once millones de colones (¢211.000.000,00), que corresponde al límite económico para apelación en el estrato A contenido en la tabla I.A. de esta Resolución.

Asimismo, requerirán refrendo todos los contratos en los cuales el precio contractual sea igual o superior a mil ciento sesenta millones setecientos cincuenta y un mil quinientos treinta y dos colones (¢1.160.751.532,00) que equivaldría a la cuantía para la licitación pública calculada de conformidad con el artículo 22 de la Ley N° 8660.

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