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 Normativa >> Resolución 18 >> Fecha 20/02/2014 >> Articulo 4
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Normativa - Resolución 18 - Articulo 4
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Artículo 4
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IV.—De conformidad con lo indicado en el párrafo segundo del artículo 175 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, en el caso de Radiográfica Costarricense S. A. (RACSA) la cuantía para apelar el acto de adjudicación ante la Contraloría General de la República, en los contratos de obra pública será a partir de ciento sesenta y cinco millones seiscientos mil colones (¢165.600.000,00), que corresponde al límite económico para apelación en el estrato C contenido en la tabla I.B. de esta Resolución. Para las restantes contrataciones, la cuantía para apelar el acto de adjudicación ante la Contraloría General de la República será a partir de ciento seis millones ochocientos mil colones (¢106.800.000,00), que corresponde al límite económico para apelación en el estrato C contenido en la tabla I.A. de esta Resolución. 

Asimismo, requerirán refrendo todos los contratos en los cuales el precio contractual sea igual o superior a doscientos sesenta y cuatro millones novecientos dieciséis mil novecientos treinta colones (¢264.916.930,00) que equivaldría a la cuantía para la licitación pública calculada de conformidad con el artículo 22 de la Ley N° 8660.

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