Artículo 4º—Una vez recibida en la
ventanilla única del área funcional de Urbanizaciones la solicitud formal de
aprobación del plano, éste y sus copias se trasladarán para dichos efectos al
área funcional de Topografía. En un plazo máximo de veinte días naturales se
realizará la calificación del documento, con el fin de notificar al cliente ya
sean las correcciones a realizar o bien la remisión del plano de servidumbre
aprobado.
Por cada revisión se notificarán por
escrito, mediante calificación única del documento, todas las correcciones que
deberán hacerse al plano, salvo que el profesional responsable de su
elaboración incurra en errores derivados de nueva información incluida en el
documento que vuelva a someter a aprobación.
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