Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38209 >> Fecha 20/01/2014 >> Articulo 11
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 11
Normativa - Decreto Ejecutivo 38209 - Articulo 11
Ir al final de los resultados
Artículo 11
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 11.—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta

Dado en la Presidencia de la República, a los veinte días del mes de enero del dos mil catorce.

Ir al inicio de los resultados