Artículo
105.—En el marco del Encuentro Nacional de Juntas de Educación y Juntas
Administrativas, la Dirección de Gestión y Desarrollo Regional realizará el
reconocimiento de las Direcciones Regionales de Educación que hayan mostrado
los mejores resultados y prácticas de gestión, de acuerdo con los criterios
autorizados para tales efectos por el Viceministerio de Planificación
Institucional y Coordinación Regional.
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