Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38249 >> Fecha 10/02/2014 >> Articulo 10
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 10     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 38249 - Articulo 10
Ir al final de los resultados
Artículo 10
Versión del artículo: 1  de 1

SECCIÓN II

De la integración de las Juntas

Artículo 10.—Las Juntas estarán integradas por cinco miembros propietarios, según se detalla a continuación:

a) Presidente.

b) Vicepresidente.

c) Secretario.

d) Vocal 1.

e) Vocal 2.


 

Ir al inicio de los resultados