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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38249 >> Fecha 10/02/2014 >> Articulo 102
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38249 - Articulo 102
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Artículo 102
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Artículo 102.—Las Unidades Ejecutoras de Transferencias del MEP dictarán los lineamientos técnicos, directrices y manuales de procedimientos específicos para orientar la asignación, uso, supervisión y control de los recursos canalizados a las Juntas, en temas de su competencia. Ninguna Unidad Ejecutora de Transferencias del MEP podrá emitir estos lineamientos técnicos, directrices y manuales de procedimientos, sin el visto bueno previo del correspondiente Viceministro.


 

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