Artículo 108.—Son
funciones y atribuciones del Departamento de Gestión de Juntas:
a) Establecer los
mecanismos de control interno y supervisión requeridos para promover el uso
oportuno, transparente y estratégico de los recursos públicos transferidos por
las distintas dependencias del nivel central.
b) Comunicar a las
Direcciones Regionales de Educación sobre los recursos que les serán
transferidos a las Juntas de su jurisdicción, provenientes del Fondo creado
mediante la Ley Nº 6746 del 29 de abril de 1982 y, en general de los fondos
previstos en el Presupuesto General de la República y demás Leyes.
c) Solicitar el visto
bueno del Viceministerio de Planificación Institucional y Coordinación
Regional, para las directrices, lineamientos técnicos, disposiciones y
circulares de su ámbito de competencia que regulan el funcionamiento de las
Juntas.
d) Resolver las
consultas, solicitudes o denuncias que se presenten sobre las Juntas, con
respecto a temas financieros.
e) Establecer y
mantener actualizados el Registro Nacional de Miembros de las Juntas, el cual
será de libre acceso para la Dirección de Gestión y Desarrollo Regional.
f) Establecer
procedimientos uniformes y formatos estandarizados para orientar el
funcionamiento de los Departamentos de Servicios Administrativos y Financieros,
en lo que respecta al proceso financiero, presupuestario y contable de la
gestión de Juntas.
g) Coordinar con las
Unidades Ejecutoras de Transferencias las planillas requeridas para realizar la
transferencia de recursos a las Juntas, de acuerdo con la programación
presupuestaria y financiera.
h) Realizar los
trámites necesarios para las transferencias de recursos hacia las Juntas, ante
las instancias correspondientes.
i) Comunicar la
información de las transferencias realizadas, a las Juntas y a los
Departamentos de Servicios Administrativos y Financieros.
j) Solicitar informes
del estado de cuentas bancarias, así como del movimiento económico de
determinada Junta, cuando lo considere conveniente para efectos de control y
seguimiento.
k) Solicitar a la
entidad bancaria correspondiente, cuando sea posible, la suspensión de todo
desembolso con cargo a la cuenta bancaria de determinada Junta, cuando mediaren
irregularidades.
l) Realizar capacitaciones periódicas a los funcionarios que conforman
el Departamento de Servicios Administrativos y Financieros, en materia técnica
en su área de competencia y según se establezca en el Plan Nacional de
Capacitación.
m)
Ejercer el control sobre la labor fiscalizadora que realizan las instancias
regionales sobre el uso de los fondos transferidos a las Juntas y ejercer
cuando corresponda y en forma coordinada, la fiscalización directa en situaciones
especiales.
n) Solicitar a las
instancias regionales los informes trimestrales, por fuente de financiamiento,
sobre el uso de los recursos canalizados a las Juntas.
o) Coordinar con los
Departamentos de Servicios Administrativos y Financieros la debida atención de
los casos de Juntas que presenten problemas serios de ejecución, una vez
analizados los informes trimestrales de saldos por fuente de financiamiento.
p) Contratar, cuando
corresponda, la realización de auditorías externas para valorar las actuaciones
de los distintos actores educativos que intervienen en el proceso de Juntas,
tanto a nivel central como regional.
q) Deberá brindar
toda aquella información financiera de la gestión de las Juntas que le sea
solicitada, por ser ésta de carácter público.
r) Deberá enviar a la
Dirección de Gestión y Desarrollo Regional copia del informe trimestral, de la
gestión financiera de cada Junta. Dicho informe deberá ser de carácter público
y estar disponible en la página web del MEP.
s) Coordinar con la
Dirección de Gestión y Desarrollo Regional, acciones dirigidas al mejoramiento
de la ejecución de los fondos asignados a las Juntas, considerando aquellos
casos que evidencien problemas serios de ejecución, una vez analizados los
informes trimestrales.
t) Llevar a cabo el
Encuentro Nacional de Juntas de Educación y Juntas Administrativas con la
participación de los funcionarios de las Direcciones Regionales de Educación,
como un espacio de análisis para el abordaje de temas estratégicos para el
mejoramiento continuo de la gestión regional. Dicho encuentro se realizará una
vez al año.
u) Otras funciones y
tareas relacionadas con la gestión de juntas, encomendadas por las autoridades
superiores del Ministerio de Educación Pública.