Artículo
118.—La Dirección de Programas de Equidad podrá apoyar la compra de mobiliario,
equipo y utensilios para el funcionamiento de los comedores estudiantiles, sea
de manera directa o transfiriendo recursos a las Juntas, quienes deberán seguir
los procedimientos de contratación vigentes; dichos apoyos deberán ser
informados a la Junta, al Director del Centro Educativo y a las autoridades
regionales, por medio del Departamento de Servicios Administrativos y
Financieros.
|