Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38249 >> Fecha 10/02/2014 >> Articulo 119
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 119     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 38249 - Articulo 119
Ir al final de los resultados
Artículo 119
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 119.—Las Juntas, en coordinación con el Director del Centro Educativo y con el visto bueno del Departamento de Servicios Administrativos y Financieros, podrán tramitar ante la Dirección de Programas de Equidad la solicitud de recursos para el financiamiento de proyectos de huertas estudiantiles, de conformidad con lo establecido para tales efectos.


 

Ir al inicio de los resultados