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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38249 >> Fecha 10/02/2014 >> Articulo 130
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38249 - Articulo 130
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Artículo 130
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Artículo 130.—La DIEE mantendrá un registro actualizado sobre las necesidades de infraestructura educativa, clasificados por Dirección Regional de Educación, Circuito Educativo y Centro Educativo. La DIEE contará con la asesoría técnica de la Dirección de Planificación Institucional, por medio del Departamento de Análisis Estadístico, para garantizar que el levantamiento y registro de los datos sea consistente con los requerimientos del sistema de información estadística del MEP. La actualización de la línea base sobre las necesidades se realizará cada tres años, iniciando en el año 2014.


 

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