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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38249 >> Fecha 10/02/2014 >> Articulo 146
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38249 - Articulo 146
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Artículo 146
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Artículo 146.—Las Juntas de los centros educativos cuyos terrenos no se encuentren debidamente inscritos, a nombre del Ministerio de Educación Pública, deberán coordinar con la DIEE para realizar los trámites que corresponda ante la Notaría del Estado, para la debida inscripción.


 

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