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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38249 >> Fecha 10/02/2014 >> Articulo 174
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38249 - Articulo 174
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Artículo 174
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Artículo 174.—Las necesidades y propuestas serán presentadas y canalizadas por cada organismo representante de los diversos actores de la comunidad educativa (Director del Centro Educativo, Patronato Escolar o Asociación de Padres de Familia, Consejo de Profesores y Gobierno Estudiantil).


 

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