Artículo
4º—Las Juntas, en coordinación con el Director del Centro Educativo, el
personal docente y administrativo, promoverán la integración del centro
educativo con la comunidad y servirán como enlace para canalizar apoyo técnico,
material y financiero de organizaciones públicas y privadas, nacionales o
extranjeras, comprometidas con el desarrollo del centro educativo.
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