Artículo
6º—Corresponde al Viceministerio de Planificación Institucional y Coordinación
Regional, por medio de la Dirección de Gestión y Desarrollo Regional, organizar
los procesos generales relacionados con la gestión de las Juntas, mantener un
registro actualizado de la normativa aplicable y coordinar con las Unidades
Ejecutoras de Transferencias del MEP la formulación y ejecución del Plan Anual
de Capacitación de Juntas.
|