CAPÍTULO IV
Funciones y Atribuciones del Departamento
de Servicios Administrativos y Financieros
Artículo
95.—En su relación con las Juntas, el Jefe de Servicios Administrativos y
Financieros, tendrá las siguientes facultades y atribuciones:
a)
Organizar el proceso de Juntas, de conformidad con los lineamientos técnicos
dictados para tales efectos.
b)
Aprobar los presupuestos ordinarios, extraordinarios y las modificaciones
presupuestarias, de acuerdo con los lineamientos técnicos establecidos para
tales efectos.
c)
Mantener un registro de las Juntas digitalizado y debidamente actualizado,
velando que su conformación y personería jurídica se encuentren al día.
d) Dar
seguimiento y supervisar el uso de los recursos canalizados a las Juntas, según
fuente de financiamiento.
e)
Apoyar a las Juntas en los trámites necesarios ante los bancos estatales para
la apertura de cuentas corrientes.
f)
Analizar los informes contables presentados por los Tesoreros- Contadores a las
Juntas.
g)
Asesorar a los miembros de las Juntas en el cumplimiento de sus funciones, así
como a los Directores de Centros Educativos con respecto a sus deberes con las
Juntas.
h)
Certificar la condición de Presidente o, en su caso, Vicepresidente de las
Juntas para los efectos legales correspondientes.
i)
Canalizar por medio de la Auditoría Interna, la Dirección de Gestión y
Desarrollo Regional, el Departamento de Gestión de Juntas o las Unidades
Ejecutoras de Transferencias todas aquellas situaciones irregulares que no se
puedan resolver a nivel regional, según corresponda.
j)
Verificar la vigencia de las pólizas de fidelidad de los Tesoreros-Contadores.
k)
Emitir las certificaciones de la personería jurídica de las Juntas.
l)
Preparar reportes trimestrales sobre la disponibilidad de recursos en las
cuentas de las Juntas, según fuente de financiamiento; y remitirlos al
Departamento de Gestión de Juntas de la Dirección Financiera del MEP, a más
tardar 20 días hábiles posteriores al cierre de cada trimestre. Este informe
deberá estar disponible para consulta pública.
m)
Remitir al Supervisor respectivo la documentación sobre las Juntas que registran
deficiencias en su desempeño y girar las instrucciones que correspondan.
n)
Apoyar la ejecución del Plan Anual de Capacitación de Juntas coordinado por la
Dirección de Gestión y Desarrollo Regional garantizando la cobertura a todas
las Juntas de su jurisdicción.
o)
Atender directamente las denuncias relacionadas sobre el funcionamiento de las
Juntas, cuando éstas involucren al Supervisor del Centro Educativo.
p)
Otras funciones y tareas relacionadas con la gestión de juntas, encomendadas
por las autoridades superiores del MEP.