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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38266 >> Fecha 11/03/2014 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38266 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—En el Puesto Aduanero Las Tablillas se prestarán los servicios de control, de ingreso y salida de mercancías. La Dirección General de Aduanas deberá proceder a la apertura de un código para la ubicación en el sistema informático del Servicio Nacional de Aduanas (TICA) del citado Puesto Aduanero, a efecto de llevar un registro del ingreso y salida de mercancías y asignarle la recaudación en forma independiente.

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