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 Normativa >> Reglamento municipal 201 - 1 >> Fecha 11/03/2014 >> Articulo 10
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Normativa - Reglamento municipal 201 - 1 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10.—Situaciones existentes y de hecho. En el caso de las licencias de licores adquiridas mediante la Ley Número 10, Ley Sobre Venta de Licores, del 7 de octubre de 1936; esta deberá presentar la solicitud de renovación con los requisitos requeridos para tal fin, en el plazo establecido en el transitorio I de la ley; en aras de que la Municipalidad resuelva la petición y en donde se le indica el monto del impuesto, tipo de licencia y su horario, como lo ordenan los artículos 4, 10 y 11 de la Ley N° 9047.

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