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 Normativa >> Reglamento municipal 201 - 1 >> Fecha 11/03/2014 >> Articulo 13
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Normativa - Reglamento municipal 201 - 1 - Articulo 13
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Artículo 13
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Artículo 13.—Solicitud de renovación quinquenal: Los titules de las licencias deberán presentar una solicitud firmada, ya sea directamente por el solicitante o por su representante con poder suficiente, para la renovación del derecho autorizado para el expendio de bebidas con contenido alcohólico. Dicha solicitud deberá estar acompañada al menos con lo siguiente: 

a) Copia de la cédula de identidad del solicitante. 

b) En el caso de personas jurídicas, una certificación que acredite la existencia y vigencia de la sociedad, los poderes de representación del firmante, y la composición de su capital social. 

c) Copia del permiso sanitario de funcionamiento emitido por el Ministerio de Salud Pública, para la actividad en particular. 

d) Certificación de la Póliza de Riegos de Trabajo respectiva o en su efecto, copia de la exoneración correspondiente. 

e) Certificación que acredite la titularidad del inmueble en el cual se desarrollará la actividad, y en caso de pertenecer a un tercero, copia del contrato o título que permite al solicitante operar el establecimiento en dicho inmueble. 

f) Declaración rendida bajo la fe y gravedad del juramento, en la que manifieste conocer las prohibiciones establecidas en el artículo 9 de la Ley, y que se compromete a respetar estas y cualquier otra de las disposiciones de la Ley. 

g) Constancia de que se encuentra al día en sus obligaciones con la Caja Costarricense del Seguro Social, de que cuenta con póliza de riesgos laborales al día, y de estar al día en sus obligaciones con Asignaciones Familiares. El solicitante estará exento de aportar los documentos aquí mencionados cuando la información esté disponible de forma remota por parte de la Municipalidad. 

h) Señalar un medio tecnológico para atender notificaciones de conformidad con las disposiciones que establece la ley especial en dicha materia. 

i) En casos que se solicite una licencia clase C, presentar declaración jurada debidamente autenticada por un notario público, en el cual se exprese el cumplimiento de la existencia de una cocina debidamente equipada, además de mesas, vajilla y cubertería, y que el menú de comidas cuenta con al menos diez opciones alimenticias disponibles para el público, durante todo el horario de apertura del negocio. 

j) En caso que se solicite una licencia clase E, copia certificada de la declaratoria turística vigente, emitida por el Instituto Costarricense de Turismo.

En los casos de que el interesado solicite la variación al tipo de categoría autorizada; para dicho trámite deberá cumplir con los requisitos detallados en este artículo y por consiguiente, la licencia será renovada a un nuevo plazo.

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