CAPÍTULO VI
- Disposiciones Finales
Artículo 30.—Recursos. La resolución que
denieguen una licencia o que imponga una sanción tendrá los recursos de
revocatoria y apelación, de conformidad con lo establecido en el artículo 162
del Código Municipal. En los casos en que la resolución sea emitida por el
Concejo Municipal, cabrá solamente el recurso de reconsideración.
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