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 Normativa >> Reglamento municipal 201 - 1 >> Fecha 11/03/2014 >> Articulo 30
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Normativa - Reglamento municipal 201 - 1 - Articulo 30
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Artículo 30
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CAPÍTULO VI

Disposiciones Finales 

Artículo 30.—Recursos. La resolución que denieguen una licencia o que imponga una sanción tendrá los recursos de revocatoria y apelación, de conformidad con lo establecido en el artículo 162 del Código Municipal. En los casos en que la resolución sea emitida por el Concejo Municipal, cabrá solamente el recurso de reconsideración.

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