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 Normativa >> Reglamento municipal 201 - 1 >> Fecha 11/03/2014 >> Articulo 32
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Normativa - Reglamento municipal 201 - 1 - Articulo 32
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Artículo 32
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Artículo 32.—Regulación y Control de Propaganda. El Instituto Nacional sobre Alcoholismo será el responsable de regular y controlar todo tipo de propaganda de bebidas con contenido alcohólico, lo anterior, conforme a las regulaciones existentes. Dicho instituto trasladará a la Municipalidad los informes respectivos sobre las infracciones detectadas en un determinado establecimiento comercial. 

Las infracciones confirmaciones en este tema, serán sancionadas conforme a lo detallado al artículo 28 de este reglamento.

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