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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38277 >> Fecha 07/03/2014 >> Articulo 251
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38277 - Articulo 251
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Artículo 251
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Sección IV

De la determinación de oficio de la obligación tributaria

 

Artículo 251.- Determinación de oficio de la valoración de un bien.

En los casos en que la ley establece la obligación del sujeto pasivo de autoliquidar la obligación tributaria, cuya base imponible constituya el valor de un bien, la Administración Tributaria podrá determinar de oficio la obligación, conforme al procedimiento establecido en los artículos 124, 144 y 145 del Código; asimismo podrá recurrir según lo dispuesto en los numerales 146 y 156 del Código.

Mediante resolución general la Dirección General de Tributación establecerá el procedimiento correspondiente.


 

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