Nº 38277-H
La Presidenta de la República
y El Ministro de Hacienda
Con fundamento en las atribuciones y facultades conferidas en los
artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política de 7 de noviembre
de 1949, así como el artículo 28, inciso 2. b) de la Ley Nº 6227 denominada “Ley
General de la Administración Pública y sus reformas” de 2 de mayo de 1978.
Considerando:
1º.- Que el Código de Normas y Procedimientos Tributarios requiere para
su mejor aplicación, de normas reglamentarias que precisen y desarrollen el
contenido de sus disposiciones.
2º.- Que conforme con la misión de la Administración Tributaria y en
cumplimiento del mandato legal establecido en el artículo 99 del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios que faculta a la Administración Tributaria
para gestionar y fiscalizar los tributos y de conformidad con las modernas
tendencias del Derecho Tributario y la teoría de la Hacienda Pública, la
Administración Tributaria ha de contar con instrumentos ágiles y efectivos para
el cumplimiento de sus funciones, garantizando el respeto de los derechos
constitucionales y legales de los contribuyentes y demás obligados tributarios.
3º.- Que con la promulgación de la Ley Nº 9069 denominada Ley de
Fortalecimiento de la Gestión Tributaria y la Ley Nº 9068 denominada Ley para
el Cumplimiento del Estándar de Transparencia Fiscal, ambas del 10 de setiembre
de 2012, así como la aprobación y publicación de la Ley Nº 8981 denominada Ley
para el Fortalecimiento de la Administración Tributaria del 25 de agosto de
2011, se realizaron sendas modificaciones al Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, por lo que se consideró necesario confeccionar un nuevo Reglamento
de Procedimiento Tributario, que no obedeciera a una nomenclatura funcional y
estructural de la Administración Tributaria, sino que obedezca a un desarrollo
de los procedimientos que se tramitan ante esta sede administrativa.
4º.- Que la modificación de los procedimientos desarrollados en las
leyes mencionadas obliga a reglamentar las normas vigentes, por lo que se hace
necesario promulgar un Reglamento de Procedimiento Tributario que sea acorde
con las reformas vigentes y que permita mejorar los procedimientos existentes.
Por lo que este Decreto Ejecutivo vendría a derogar el actual Reglamento
General de Gestión, Fiscalización y Recaudación Tributaria, brindando al
obligado tributario mayor claridad, transparencia, seguridad jurídica y
sencillez en la aplicación del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
5º.- Que en razón de lo anterior, resulta necesario emitir un nuevo
Reglamento de Procedimiento Tributario.
Por Tanto,
Decretan:
Reglamento de Procedimiento Tributario
TITULO I
Consideraciones generales
CAPITULO I
Disposiciones Generales
Sección I
Marco normativo
Artículo 1.- Marco normativo.
Las facultades, funciones y actividades que ejercen las autoridades
tributarias están enmarcadas por:
a) La Constitución Política.
b) Los tratados internacionales.
c) Las leyes sustantivas y formales en materia tributaria.
d) Los reglamentos y decretos ejecutivos emitidos por el Poder
Ejecutivo.
e) Las resoluciones y directrices generales emitidas por la
Administración Tributaria.
f) Los pronunciamientos vinculantes de la Procuraduría General de la
República.
g) Otras disposiciones relativas a otras ramas del derecho de aplicación
supletoria.