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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38277 >> Fecha 07/03/2014 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38277 - Articulo 6
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Artículo 6    Tipo: Transitorio
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TRANSITORIO VI.- Para la correcta aplicación de las leyes tributarias, el Director General de Tributación establecerá mediante resolución general, el órgano competente de la Administración Tributaria que debe firmar los actos administrativos a los que hacen referencia los artículos 144 y 150 del Código.


 

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