Artículo 73.- Jurisprudencia administrativa.
Con el objeto de que la ciudadanía conozca la jurisprudencia
administrativa tributaria que emite el Tribunal Fiscal Administrativo, la Dirección
General de Tributación y sus dependencias, el Ministerio de Hacienda la pondrá
a disposición de los usuarios, por medio del sitio Web del Sistema
Costarricense de Información Jurídica o mediante los enlaces al módulo del
Digesto Tributario que aparecen en la página Web del Ministerio de Hacienda o
de la Dirección General de Tributación. Esta jurisprudencia no debe revelar los
nombres de los obligados tributarios.
Entre los documentos a publicar se encuentra la jurisprudencia
administrativa, las consultas tributarias, directrices, resoluciones generales,
criterios institucionales, entre otros; con las limitaciones establecidas en el
artículo 117 del Código. Se pueden utilizar otros medios electrónicos y
tecnológicos para divulgar la información de interés tributario, como son las
redes sociales.
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