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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38277 >> Fecha 07/03/2014 >> Articulo 75
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38277 - Articulo 75
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Artículo 75
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TITULO II

Del procedimiento tributario

CAPITULO I

Disposiciones Generales

Sección I

Potestades de la Administración Tributaria

 

Artículo 75.- Potestad de la Administración Tributaria.

La potestad de la Administración Tributaria surge de forma expresa del ordenamiento jurídico, cuyo propósito es la implementación, ejecución de sistemas, procedimientos eficientes de planificación, coordinación y control, para lograr al máximo el cumplimiento voluntario de los deberes y obligaciones tributarias, por parte de los obligados tributarios y la detección oportuna de los incumplimientos de las obligaciones tributarias.

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