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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38277 >> Fecha 07/03/2014 >> Articulo 141
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38277 - Articulo 141
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Artículo 141
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Artículo 141.- Alcance de las actuaciones de comprobación e investigación.

Las actuaciones del procedimiento de comprobación e investigación podrán tener carácter general o parcial. Tendrán carácter parcial cuando no afecten a la totalidad de los elementos de la obligación tributaria, en el período objeto de comprobación. En otro caso, las actuaciones tendrán carácter general en relación con la obligación tributaria y periodo comprobado.

En todo caso, sean generales o parciales, la conclusión del procedimiento tendrá como efecto la imposibilidad de que la Administración Tributaria pueda entrar a comprobar de nuevo la situación tributaria del sujeto pasivo, en relación con los aspectos de los tributos y períodos revisados y no objetados por la fiscalización y en caso de los objetados, si hay conformidad del sujeto pasivo con la propuesta de regularización.


 

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