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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38277 >> Fecha 07/03/2014 >> Articulo 61
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38277 - Articulo 61
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Artículo 61
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Artículo 61.- Efectos de la consulta.

La respuesta a la consulta tiene carácter informativo y este criterio solo surte efecto vinculante para la Administración Tributaria en el caso concreto consultado.

La respuesta a la consulta evacuada sobre datos inexactos proporcionados por el consultante no surte efectos jurídicos para la Administración.

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