N°
38276-RE-MIDEPLAN-MICITT
- LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA,
- EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO,
- EL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL
- Y POLÍTICA ECONÓMICA Y EL MINISTRO
- DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y
- TELECOMUNICACIONES
Con fundamento en los artículos 27, 30, 140 incisos 3)
y 18), y 146 de la Constitución Política, los artículos 25.1) y 27.1) de la Ley
General de la Administración Pública (N° 6227 de 2 de mayo de 1978), 3.c) y 19
de la Ley de Planificación Nacional (Nº 5525 de 2 de mayo de 1974), el Decreto
Ejecutivo de Creación de la Comisión Intersectorial de Gobierno Digital (N°
35139-MP-MIDEPLAN de 18 de marzo de 2009).
Considerando:
I.—Que Costa Rica se incorporó en enero del año 2012 a
la iniciativa multilateral Alianza para el Gobierno Abierto (Open Government
Partnership), fundada en setiembre del año 2011 por los gobiernos de Brasil,
Indonesia, México, Noruega, Filipinas, Suráfrica, Estados Unidos y Reino Unido.
II.—Que
la Alianza para el Gobierno Abierto (Open Government Partnership) busca que los
países miembros establezcan compromisos concretos en materia de transparencia y
acceso a la información pública, ética de la función pública, lucha contra la
corrupción, participación ciudadana y promoción de la innovación utilizando las
tecnologías de la información y comunicación.
III.—Que
la transparencia gubernamental es el resultado de las buenas prácticas en
acceso a información pública, rendición de cuentas y participación ciudadana.
IV.—Que
el derecho de acceso a la información pública es fundamental para el desarrollo
y fortalecimiento de la democracia representativa y participativa en tanto que
permite a la sociedad civil analizar, juzgar y evaluar íntegramente los actos
de sus representantes y estimula la transparencia en los actos de la
administración pública del Estado.
V.—Que
la rendición de cuentas debe practicarse durante todas las etapas de la
formulación y ejecución de políticas públicas, para que logre impactar a la
sociedad civil.
VI.—Que
los órganos y entes estatales deben fomentar la participación ciudadana y el
trabajo colaborativo para acercar la toma de decisiones al ciudadano
permitiéndole a éste la generación de propuestas, el planteamiento de
sugerencias y oportunidades de mejora, así como su fiscalización en todas las
etapas de la formulación y ejecución de políticas públicas.
VII.—Que
dentro de los retos que impone la sociedad de la información y el conocimiento
está darle marco integral a las nuevas tecnologías de información y
comunicación con instrumentos y herramientas innovadoras que permitan que la
transparencia, rendición de cuentas, participación ciudadana y trabajo
colaborativo se logren alcanzar y desarrollar oportuna y eficientemente.
VIII.—Que
es necesario fomentar, sensibilizar, capacitar y promocionar la filosofía del
Gobierno Abierto en las instituciones públicas, ante la sociedad civil y en la
opinión pública, para aprovechar las oportunidades que brinda.
IX.—Que
es necesario crear un espacio de coordinación y cooperación que permita el
seguimiento de la implementación de compromisos concretos hacia el
establecimiento de un Gobierno Abierto, por lo que resulta pertinente la
creación de una Comisión, denominada “Comisión Intersectorial de Gobierno
Abierto”; Por tanto:
Decretan:
FOMENTO DEL GOBIERNO ABIERTO EN LAS
INSTITUCIONES PÚBLICAS Y CREACIÓN
DE LA COMISIÓN INTERSECTORIAL
DE GOBIERNO ABIERTO
Artículo 1°—Objeto. El presente Decreto tiene
por objeto fomentar los principios del Gobierno Abierto en la Administración
Pública de Costa Rica; principios que se manifiestan en: mejorar los niveles de
transparencia, acceso a la información, facilitar la participación ciudadana y
favorecer la generación de espacios de trabajo colaborativo; además de fomentar
y propiciar lo anterior mediante la innovación utilizando las Tecnologías de la
Información y Comunicación (TIC).