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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38276 >> Fecha 18/03/2014 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38276 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4°—Funciones de la Comisión. La Comisión Intersectorial de Gobierno Abierto tendrá las siguientes funciones: 

a) Proponer políticas y lineamientos en materia de Gobierno Abierto. 

b) Colaborar en la implementación de las acciones necesarias para el cumplimiento de los principios del Gobierno Abierto en la gestión pública. 

c) Proponer planes de acción de Gobierno Abierto para el país. 

d) Proponer metodologías e instrumentos de seguimiento a los planes de acción de Gobierno Abierto. 

e) Dar seguimiento al cumplimiento de los compromisos de Gobierno Abierto señalados en los planes de acción que sobre la materia se establezcan. 

f) Emitir informes técnicos sobre los avances en la implementación de los planes de acción de Gobierno Abierto. 

g) Realizar informes finales de evaluación sobre la implementación de los planes de acción de Gobierno Abierto. 

h) Promover el acercamiento e intercambio entre diversos actores a nivel nacional para promover el Gobierno Abierto. 

i) Fomentar la articulación de proyectos y actividades que se den bajo los principios del Gobierno Abierto, para crear sinergias y oportunidades de cooperación. 

j) Facilitar la generación de instancias de reflexión que desarrollen el conocimiento y las capacidades de gestión sobre Gobierno Abierto en el país.

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