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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38184 >> Fecha 31/01/2014 >> Articulo 27
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38184 - Articulo 27
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Artículo 27
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Artículo 27.—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta

Dado en la ciudad de San José, a los treinta y un días del mes de enero del año dos mil catorce.

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