ARTÍCULO 4.- Administración de los recursos conforme al principio de
caja única del Estado mediante la utilización del sistema de tesoro digital
Los recursos provenientes del contrato de préstamo serán administrados
por la Tesorería Nacional, en cumplimiento con el principio de caja única. El
prestatario acreditará los desembolsos solicitados a favor del Micitt, conforme
a las disposiciones del contrato de préstamo para la realización de las
actividades del Programa aprobado por esta ley; al efecto, el Micitt deberá
atender la normativa establecida para el uso eficiente de los recursos
administrados bajo el principio de caja única.
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